Se aprobó el D.S. N° 024-2016-EM Reglamento de Seguridad y Salud Ocupacional en Minería; la norma tiene como fin prevenir que ocurran los accidentes y enfermedades laborales y promover una cultura de prevención en la actividad minera.
Dice que “resulta necesario aprobar el Reglamento de Seguridad y Salud en Minería” y se adecua a las disposiciones establecidas por el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo en materia de seguridad y salud en el trabajo.
Los titulares mineros y los trabajadores deberán cumplir el nuevo reglamento, sin limitarse a lo establecido en la norma, adoptando estándares mas altos, tal como lo indica, en toda operación se puede establecer estándares de protección que mejoren lo previsto en la actual norma.
El Reglamento de Seguridad y Salud Ocupacional en Minería, contiene de cinco Títulos, cincuenta y seis Capítulos, sesenta Subcapítulos, cuatrocientos diecisiete Artículos, una Disposición Complementaria Transitoria, una Disposición Complementaria Derogatoria, treinta y siete Anexos, y tres Guías.